El partido de llerena a finales del XVIII

El partido de llerena a finales del XVIII

lunes, 2 de noviembre de 2015

CEMENTERIOS



Cerraron sus ojos
que aún tenía abiertos,
taparon su cara
con un blanco lienzo,
y unos sollozando,
otros en silencio,
de la triste alcoba
todos se salieron.

...
¿Vuelve el polvo al polvo?
¿Vuela el alma al cielo?
¿Todo es sin espíritu,
podredumbre y cieno?
No sé; pero hay algo
que explicar no puedo,
algo que repugna
aunque es fuerza hacerlo,
el dejar tan tristes,
tan solos los muertos.



...
¡Dios mío, qué solos
se quedan los muertos!
 
 Poemas de Gustavo Adolfo Bécquer

 

El 2 de noviembre, día de Todos los Santos, en los pueblos de este entorno cultural tenemos por costumbre recordar a nuestros muertos mediante una visita a los Cementerios o Camposantos, limpiando y adornando sus tumbas, y, si es preciso, viajando para ello a nuestro lugar de origen.

Esta tradición es relativamente moderna, pues la aparición de los primeros cementerios data de  1787. Con anterioridad, los enterramientos tenían lugar en las parroquias, ermitas, conventos y otros institutos religiosos, bien dentro de estos edificios sagrados o en sus alrededores más inmediatos, ocupando las sepulturas una posición más o menos preminente en función de  la consideración social que había tenido su ocupante.

La costumbre descrita, muy arraigada entre nuestros antepasados, chocaba frontalmente con los aires ilustrados que imperaban en 1787, que repudiaban esta tradición alegando lo insano de esta práctica, que en tiempos de epidemias podía facilitar su expansión, aparte del mal olor que solía reinar en los recintos sagrados.

Las primeras disposiciones emitidas sobre la necesidad de construir estas dependencias mortuorias más allá de las iglesias y ermitas corresponden a la Real Cédula de 3 de Abril de 1787, por la que Carlos III dispuso la prohibición de enterramiento en los templos y sus proximidades. Para ello, propuso  la construcción de recintos sagrados en sitios ventilados y a una distancia prudente de los núcleos urbanos, quedando circunvalado estos recintos con un muro lo suficientemente alto como para impedir la entrada de animales carroñeros que pudieran desenterrar los cadáveres. Sólo se contemplaban enterramientos en iglesias y ermitas para el caso de  la familia real, el clero y elementos notables de la sociedad.

No obstante lo legislado, la mayor parte de los núcleos urbanos de nuestro entorno, alegando dificultades financieras, incumplieron lo dispuesto al respecto. Por ello, a lo largo del XIX se siguió legislando sobre este particular, con nuevas disposiciones en 1799, 1806, 1833, 1834 y1840, que insistían en la necesidad de construir cementerios, dando para ello ciertas facilidades.



Sobre las disposiciones de 1799, hemos localizado la siguiente referencia en  el A.M. de Guadalcanal:

 
 


En el reglamento de 1833 se daba paso a una jurisdicción mixta eclesiástico-civil sobre estas dependencias, quedando los municipios con la responsabilidad de la construcción del nuevo recinto, mientras que su custodia pasaba a manos de las autoridades eclesiásticas.

A mediados del XIX, estando la provincia de Badajoz gravemente afectada por un brote de cólera morbo asiático,  una buena parte de sus pueblos seguían sin cementerio. Por ello, en el BOP de Badajoz, en su edición del 12 de marzo de 1855 aparece inserta la siguiente circular.




     
                     
                                  

En Reina, por un acuerdo 26 de junio de 1844 su cabildo sacó a subasta pública la construcción del cementerio, tasando la obra en 6.720 reales y publicando dicha subasta en el BOP de Badajoz, en su edición 3 de julio de 1844, según el texto que sigue:



Sin embargo, a la fecha de publicación de la circular de marzo de 1855, ya referida, aún no se había efectuado la obra, por lo que el pleno de 20 de mayo de 1855 volvieron a sacar a subasta  pública su construcción, según el anuncio insertado en el BOP de Badajoz,  edición de 27 de junio de 1855:

 


         Idéntico proceder tuvieron los capitulares de Azuaga (y de otros pueblos del entorno), acordando la construcción del cementerio durante el pleno de 24 de abril de 1856, según se publicó en el BOP de Badajoz, edición de del 9 de mayo de 1856.
 
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